Normativa ZBE
Aunque la mayor parte de la atención pública se ha centrado en los tres proyectos de obras que afectan al casco histórico por su visibilidad y por ser lo que ha creado los problemas de movilidad que se vienen sufriendo desde hace más de un año, hay un cuarto proyecto que posiblemente sea el que más importancia tenga de cara al futuro: la normativa que regirá la Zona de Bajas Emisiones de Lugo.
El cuerpo normativo que rige una Zona de Bajas Emisiones tiene tres pilares fundamentales:
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La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética
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El Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones.
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La normativa municipal (una ordenanza) que regule y defina los usos, limitaciones y posibilidades del recinto amurallado, y será una ordenanza trasversal que afectará a casi todos los aspectos del día a día en el centro de la ciudad.
Esta ordenanza está en redacción y aunque existe un documento en que se basará la misma, el Gobierno Local de Lugo no lo ha hecho público.
Actualmente está abierto un plazo para sugerencias para dicha ordenanza, y seguirá vigente hasta el 10 de diciembre de 2024.
01
Documentos del proyecto
Actualmente no está publicado ningún documento relativo a este proyecto.
02
Plazos
Fecha de formalización del contrato:
Plazo de ejecución:
Fecha tope de entrega del proyecto:
18/10/2022
6 meses
17/04/2023
Aunque la fecha de entrega del proyecto venció en abril de 2023 el Gobierno Local no ha publicado ni facilitado dicho documento.
03
¿Qué incluye este contrato?
ALCANCE DEL CONTRATO:
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El Proyecto de ZBE deberá redactarse siguiendo las ”Directrices para la creación de zonas de bajas emisiones (ZBE)” publicada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del Gobierno de España, así como las indicaciones del personal técnico municipal.
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El proyecto que se elabore debe ser el documento base de referencia que identifique detalladamente todas las acciones necesarias para poner en marcha la ZBE, de tal forma que deberá indicar qué indicadores, aparatos de medición, sensores, software para toma de datos y control de los mismos, bolardos, señalización y otros elementos susceptibles de inclusión, serán precisos para implementar y controlar en un futuro la ZBE. Además de definir la tipología de las soluciones, se deberá indicar el coste de cada equipo, teniendo en cuenta que el presupuesto máximo disponible para la adquisición e instalación de todas las soluciones definidas, será el resultante de restar al importe total de la actuación 4 (374.400€) el importe de adjudicación, del presente contrato.
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Es decir, este proyecto, fundamentalmente, debe definir las soluciones (qué necesitamos instalar y cómo debemos regular) para que, posteriormente se realicen las acciones que en él se describan.
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El contratista deberá, al término del contrato, presentar un proyecto completo (que podrá a su vez dividirse en varios subproyectos en función de la naturaleza de la prestación a contratar y las diferentes decisiones que se adopten por los técnicos municipales) que es el que utilizará el Ayuntamiento como pliego de prescripcióones técnicas para el expediente de contratación correspondiente al resto de la actuación 4 (adquisición e instalación de las soluciones definidas en el proyecto) hasta el tope de gasto financiado.
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Es por ello que es esencial mantener reuniones periódicas con los diferentes servicios municipales (Ingeniería, Informática, Transportes….) para consensuar las diferentes alternativas y que el proyecto o proyectos presentados sean definitivos y completos para poder continuar con las actuaciones financiadas dentro de los Fondos NEXT GENERATIONEU.
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El contratista responderá de los defectos o errores que se aprecien durante la licitación o ejecución de las prestaciones que fueron definidas en el proyectos y que resulten inadecuadas. La garantía definitiva NO se devolverá hasta la correcta terminación de los contratos que se basen en los proyectos presentados.
CONTENIDO MÍNIMO:
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Localización del área objetivo de mejora de calidad del aire
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Información general
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Naturaleza y evaluación de la contaminación
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Origen de la contaminación
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Análisis de la situación
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Lista y descripción de un catálogo con las medidas previstas Es imprescindible considerar cómo quedará reestructurado el tráfico tras las obras de peatonalización de las tres primeras actuaciones previstas (entre Bispo Odoario y Plaza Ferrol; Plaza de Ferrol, Plaza Santo Domingo y Calle Teatro), por lo que las soluciones descritas en proyecto de ZBE deben estar coordinadas con los proyectos de las obras de peatonalización y humanización, para tener en cuenta, además, cómo quedarán organizadas las superficies de circulación, de aparcamiento, de carga y descarga de mercancías, de transportes, de personas con movilidad reducida, de aparcamientos para bicicletas, etc.
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Soluciones tecnológicas para la implantación de la ZBE
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Análisis jurídico de la naturaleza
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El proyecto deberá incluir la redacción de una nueva Ordenanza municipal que regule la ZBE y la modificación, en los aspectos necesarios, de la Ordenanza de Circulación vigente.
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El adjudicatario deberá entregar dos borradores de documentos (textos de la futura Ordenanza de regulación de ZBE y de la Ordenanza de Circulación modificada), en el plazo máximo de 3 meses desde la formalización del contrato, para su posterior supervisión por los técnicos municipales y aprobación por el órgano competente del Ayuntamiento.
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Análisis de impacto social y económico e implicaciones para la economía local de la ZBE
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Lista de publicaciones
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Procedimientos para el seguimiento de su cumplimiento y revisión
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Plan de sensibilización, comunicación y participación
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Inclusión de la metodología Breeam Urbanismo, o similar